La Obra Social de los Modelos Argentinos (OSMA) es uno de los casos de obras sindicales que no cumplen con su cartilla médica y dejan a sus afiliados sin la cobertura prometida.
Los modelos y promotores conocen de eventualidad. Y mucho. La viven en primera persona, porque su vida profesional está estructurada sobre ella. No todo son flashes, pasarelas y "caras bonitas", como alguien ajeno al sector podría suponer. Detrás de las sonrisas esbozadas, hay una realidad que muchos no ven. Los contratos laborales del rubro de la moda y las promociones son eventuales, la gran mayoría no llegan a durar más de un mes. Estas características laborales conllevan que estos trabajadores no cumplan con los requisitos solicitados por las obras sociales para obtener la prestación de sus servicios.
La Obra Social Modelos Argentinos (OSMA) fue creada a principios de la década del ‘90 por la Unión de Trabajadores de la Moda e Imagen Publicitaria (AMA) con la expresa finalidad de poner fin a este problema y brindar a los trabajadores del gremio una cobertura constante que cubra sus necesidades médicas a pesar del carácter eventual de la mayoría de los trabajos del gremio.
“Somos plenamente concientes (sic) de que las particulares características de la relación laboral de muchos/as de nuestros afiliados, los hace correr el riesgo de dejar desprotegida su salud. Para poder darle la respuesta a este que es uno de los problemas más serios de nuestra gente, es que extendemos la cobertura de nuestro plan médico a quienes circunstancialmente dejan de realizar aportes”, estas palabras aparecen en la cartilla médica de la OSMA y son atribuidas a Noé Ruiz, cabeza tanto de AMA como de OSMA.
Junto a Ruiz, Domingo Horacio Focaraccio (vicepresidente), Avelina Dos Santos Gomez (tesorera) y Silvia Chalup (vocal del directorio) conforman las autoridades de la OSMA, y son los responsables de “conducirlas y administrarlas”, como establece el artículo 12 de la ley 23.660, las obras sociales sindicales.
Al parecer, tanto la AMA como sus representantes se jactan del bien que se está haciendo a través de esta obra social: “Gracias a una gestión de años de debates constantes, de lograr que la actividad del modelo se adapte a las disposiciones legales y que el gobierno también reconozca las dificultades, de una actividad fundamental para la industria de la moda, hemos obtenido la posibilidad de brindar cobertura médica a todos nuestros afiliados” afirma la página web de la AMA www.amamodelos.com.ar.
Estas declaraciones y la propia existencia de OSMA deberían reconfortar a los trabajadores de este gremio. Tras décadas de no estar cubiertos en el ámbito de la salud, por fin tendrían una obra social que se moldeara a la eventualidad propia de la rama y que aceptaría los aportes de estos, por inconsistentes que puedan llegar a ser.
Pero la realidad es distinta. Actualmente OSMA no es más que una obra social que, aunque reciba los aportes de sus afiliados, los mismos reciben un servicio muy por debajo de lo prometido en su cartilla médica. De hecho, más de la mitad de las clínicas, consultorios médicos y farmacias que figuran en su cartilla médica niegan atender con OSMA.
Según la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, las obras sociales públicas y sindicales lideran el ránking de reclamos por parte de sus afilados. Asumir que situaciones como las de OSMA son exclusivas a obras sociales bajo gestión sindical sería un error. Daniel Maceira, investigador del CONICET y del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES), señala en una nota publicada en el sitio web "Chequeado": “La calidad del servicio de una obra social depende en parte de la naturaleza del empleo y del nivel salarial de sus afiliados, y en parte de la capacidad de gestión de los responsables de las obras sociales. Más allá de esto, no es la administración sindical la que determina una buena o mala prestación del servicio. Hay ejemplos de obras sociales sindicales bien administradas y con capacidad de gestión, y ejemplos en sentido contrario”.
OSMA parece ser uno de los segundos y representa uno de los casos en que el gremio a cargo de la obra social falla en la administración de sus recursos. Sin embargo, el problema no finaliza aquí. Quizás conscientes de la precariedad de su servicio, la obra social hace lo posible por evitar ser encontrada y contactada por sus beneficiarios.
Keitich Villegas, promotora que está bajo contrato con SK Producciones desde el mes de abril de este año, contó como es vista la obra social dentro de su equipo de trabajo: “Me han dicho que esa obra social es fantasma, los demás promotores no saben mucho de ella y en Internet no pude conseguir información alguna, la poca que conseguí me la dio mi superior y no me sirvió para nada”. Lo dicho por Keitich pinta un retrato muy claro de la visión que se tiene de OSMA dentro de los trabajadores del gremio: una obra social fantasma, de la que no se sabe nada y en donde la mayoría simplemente recomienda trasladarse a otra obra social o a una prepaga.
Llamar a los números de teléfono resulta una tarea inútil, rotando entre líneas que marcan sin respuesta alguna o escuchar “la línea solicitada no existe”. Después de múltiples intentos nos logramos comunicar con un representante de OSMA, quien alegó que el afiliado debía pedirle a su empresa empleadora que se contacte con OSMA para dar el alta. Luego de este proceso, el beneficiario debía esperar 3 meses para poder acceder a los beneficios de la obra social. Esta información no solo es indiscriminadamente falsa sino que contradice la razón por la que fue fundada OSMA en primer lugar y va en contra de lo dicho en el Artículo 10 de la ley 23.660: “El carácter de beneficiario (…) subsistirá mientras se mantenga el contrato de trabajo o la relación de empleo público y el trabajador o empleado reciba remuneración del empleador”. Esto quiere decir que el trabajador tiene derecho a los beneficios de la obra social desde el día en que es firmado el contrato y si bien es cierto que el acceso a estos beneficios pueda postergarse debido a la naturaleza de los trámites burocráticos, su derecho a estos beneficios es-y siempre ha sido- desde el primer día de relación laboral.
Keitich tiene la “suerte” de tener un contrato de tres meses, una duración extraordinariamente larga en contraste con los contratos de días o semanas que son lo más usual dentro del gremio; pero estos tres meses apenas llegan a ser el tiempo mínimo para poder solicitar el alta de la OSMA según lo que nos dijo su representante (que como ya aclaramos anteriormente, es un requisito ilegal).
De igual manera, OSMA no está cumpliendo con lo dicho en el Decreto 504/98, en donde en su artículo 4 se específica “Las Obras sociales deberán brindar la más amplia información a los beneficiarios y entregar una cartilla que contenga los planes y programas de cobertura, bajo constancia.” OSMA no brinda información amplia, en realidad, no brindan información alguna. Conseguir la cartilla de OSMA es imposible y la única manera en que se puede tener acceso a esta es mediante un pedido de información pública a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación.
Encontrar información básica de OSMA es extraordinariamente difícil, una búsqueda en Google revelará dos páginas web distintas que pertenecen a la obra, www.osma.com.ar y www.obrasocialmodelos.com. Ésta última fue cerrada durante el transcurso de la investigación y ahora solo sirve como una pequeña interfaz que redirige a la otra página web. Ambos dan (o daban) información de contacto completamente distinta en lo que corresponde a números de teléfonos, direcciones y correos electrónicos; pero lo más sospechoso de estas páginas es la información que no proveen: cartilla médica, planes ofrecidos y autoridades de las obras sociales. En www.osma.com.ar incluso se ofrecen las opciones de ver la cartilla y los planes pero al hacer click en las pestañas correspondientes, la página solicitaba una contraseña para poder acceder.
Ariela Goldschmidt y Oscar Cetrángolo son profesores de la facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires y expertos en obras sociales. Al preguntarles sobre OSMA, ellos la describen como una obra social pequeña, con alrededor de cinco mil afiliados y que, como consecuencia de esto, la cantidad de recursos que manejan es poco, lo que limita la cantidad de servicios que pueden brindar. Según el profesor Cetrángolo, obras sociales en situaciones similares a las de OSMA suelen derivar sus servicios a obras sociales más grandes (como por ejemplo OSDE) a cambio de una “comisión” (aunque la legalidad de esta práctica es cuestionable, es usual que ocurra). Al derivar a sus afiliados, una obra social de escasos recursos logra posibilitar la cobertura de estos sin correr el riesgo de tener que pagar ciertos tratamientos costosos que llegaran a comprometer la estabilidad económica de la obra social.
Cetrángolo también hizo hincapié en que situaciones como la de la OSMA no suelen ser mayor problema ya que existe la posibilidad de cambiar libremente de obra social. El traspaso entre obras sociales para aquellos trabajadores bajo relación de dependencia tiene como marco jurídico el ya mencionado Decreto 504/98. Sin embargo, el tiempo de espera para que el cambio se realice por completo es de tres meses; como ya se ha mencionado repetidamente, tres meses es mucho más de lo que dura un contrato común de un trabajador del gremio de modelos y promotores por lo que el cambio de obra social no es una verdadera opción para ellos.
De igual manera OSMA no trata de derivar sus servicios a una obra social grande como hacen otras obras sociales en situaciones similares, en contraste OSMA opta por una táctica de desaparición en la que la manera de evitar el gasto no es otra que dificultar de la mayor manera posible que los afiliados se contacten con ella. Lo dicho por los profesores Goldschmidt y Cetrángolo, junto a otra información que obtuvimos en una conversación con un asesor de obras sociales que prefiere permanecer anónimo, deja la idea de un sistema de obras sociales que no está del todo regulado y cuyas condiciones se prestan a que ocasionalmente ocurran situaciones como las que tienen que afrontar los afiliados de OSMA.
Como ya se mencionó anteriormente, la única forma de conseguir la cartilla de la OSMA es mediante un pedido de información pública a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación. El plazo de tiempo para que un órgano gubernamental responda al pedido es de 15 días hábiles, renovable por 15 días más. Junto a esto también obtuvimos la cantidad de afiliados, 5495, número que concuerda con la información dada por Goldschmidt y Cetrángolo. En declaraciones que figuran al inicio de la cartilla (y que fueron citadas al inicio de esta nota) Ruiz habla del “Plan Médico Solidario” que ofrece la obra social como única opción, lo que contradice la información disponible en la página web donde se ofrecen tanto planes básicos como planes “top”.
Tomando en cuenta la poca cantidad de recursos que maneja OSMA, es llamativa la cantidad de hospitales, farmacias y consultorios que figuran en su cartilla. Al tratar de contactarse con aquellas entidades que estaban en el rango de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para verificar la información de la cartilla se encontraron resultados que hablan por sí solos. La gran mayoría de las entidades contactadas dijeron que no trabajaban con OSMA, incluso algunos representantes de estas entidades hicieron énfasis de que no trabajaban con ellos “desde hace años”, “desde hace bastante tiempo” y en una ocasión nos mencionaron la ambigua frase “la obra social está suspendida”. En contraste, sí hubo varias entidades que confirmaron que trabajaban con OSMA pero el número de estas no llega a ser la mitad del número de entidades que nos negaron relación alguna con la obra.
Por otro lado mucha de la información de contacto que la cartilla proveía sobre sus entidades era errónea, con números telefónicos de líneas que ya no existen o que no pertenecen a la entidad nombrada, direcciones erróneas e incluso ocasiones donde la información de las entidades se mezcla y se hace difícil distinguir entre una y otra. Con algunas de estas entidades se pudo contactar con información conseguida de Internet pero de igual manera quedó un número importante de entidades con las que realizar el contacto fue imposible y que incluso es mayor que el número de entidades que confirmaron que trabajaban con OSMA. Todo esto apunta a que esta cartilla, registrada para el período comprendido entre julio de 2018 y junio de 2019, es una cartilla desactualizada lo que implica un incumplimiento no solo de OSMA sino también de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación que, según la ley 23.661, tiene la competencia de regular a las obras sociales.
No se tienen datos certeros ni bases suficientes para acusar a OSMA de estar realizando algún tipo de fraude. Sin embargo podemos afirmar que hay una conducta bastante irregular que repetidas veces cruza la línea entre lo que es legal y lo que no pero que está habilitada por el sistema de obras sociales del país. Los plazos de tiempo impuestos por la ley son el mayor obstáculo que tienen los afiliados con contratos eventuales y OSMA, en una muestra de cinismo e hipocresía, se aprovecha de estas limitaciones para no tener que responder a las responsabilidades por las que, supuestamente, fue fundada. ¿Qué se hace con el dinero proveniente de los aportes de los afiliados si estos casi nunca logran atenderse? Si bien una parte de ese dinero es usado por la obra social para sus gastos administrativos y burocráticos, indudablemente debe haber un excedente. Todo esto deja muchas preguntas al aire ¿A dónde va ese dinero? ¿Quién se ve beneficiado por esta situación? ¿Qué se puede hacer cuando el órgano cuyo deber es regular a las obras sociales, no lo hace de manera competente?
Mientras estas preguntas no tengan respuesta, los afectados seguirán siendo los afiliados.
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