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J. Astegiano A. Vallerugo

Un sistema no tan "compañero"

Actualizado: 27 jun 2019

"Las obras sociales de los sindicatos pertenecen a los trabajadores", decreta la Ley 23.660 de Obras Sociales de Argentina. Sin embargo, muchas funcionan precariamente y no le brindan un servicio satisfactorio a sus trabajadores, los cuales deben optar por otros medios para atender su salud y la de su familia.

El sistema social en Argentina tiene desregularidades, que dejan a muchos pacientes sin una cobertura eficiente

Las obras sociales argentinas


La historia de las obras sociales en Argentina pareciera estar marcada por una constante puja de poder entre el Estado y los gremios. El primero, cada vez que quiso impulsar leyes para estar más presente en el control del sistema de obras sociales, se encontró con una fuerte resistencia de los sindicatos, quienes insistieron intensamente para mantener la administración de las obras sociales.

La creación de las obras sociales en el país se remonta a mediados del siglo pasado. Creadas por los sindicatos, su objetivo era que cada obra social perteneciera a un gremio. Así, las obras sociales quedaban clasificadas y cubrían a los trabajadores según actividad y lugar de trabajo. Su organización estaba por fuera de la estructura estatal, y se mantenían con los aportes voluntarios de los trabajadores.


Durante la dictadura militar (66 - 73), se promulgó la ley 18.610, con el objetivo de regular la actividad. Se estableció que las obras sociales estarían financiadas con los aportes de los trabajadores más las contribuciones de los empleadores. En la siguiente dictadura militar (1976 - 1983), esta ley es reemplazada por la 22.269, promulgada por el Poder Ejecutivo. El objetivo de limitar el poder político sindical se mantiene en ambas ocasiones. Incluso, durante la última dictadura militar, esto se reflejó de manera explícita, con la intervención directa de los sindicatos por parte de los militares.

Con la vuelta a la democracia, el debate acerca de la regulación de las obras sociales continuó. Por la presión de los gremios, no se logró modificar la ley que separaría las obras sociales de los sindicatos. Finalmente, tras arduas negociaciones, el Congreso promulgó dos leyes, a principios de 1989: la 23.660 (aún vigente, sobre la regulación de las obras sociales) y la 23.661 del Seguro Nacional de Salud (régimen también vigente, pero que no cuenta con la adhesión de ninguna provincia).

En la década de los ‘90, se creó la Superintendencia de Servicios de Salud, cuya misión es ser el ente regulador de “los actores del sector, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población y la efectiva realización del derecho a gozar las prestaciones de salud establecidas en la legislación vigente”. Una reforma importante de esta década es la implementación del decreto 504/98 (el 12 de junio de 1998), mediante el cual los beneficiarios ya no quedan por default en la obra social correspondiente a su rubro o actividad, sino que pueden elegir libremente la obra social a la cual pertenecer, como así también queda abierta la posibilidad (para los asalariados más pudientes) de cambiarse a la medicina prepaga.


Disputas por el Fondo Solidario de Redistribución

Creado en 1980, y actualmente a cargo de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, su objetivo es destinar recursos hacia obras sociales para: posibilitar el tratamiento de casos complejos y costosos, a través del Sistema Único de Reembolsos (SUR); que las obras sociales con menos recursos puedan cumplir con el Plan Médico Obligatorio (a través de un sistema de subsidios). Por otro lado, mediante el Subsidio Automático Nominativo de Obras Sociales (SANO), subsidian a beneficiarios cuyos aportes no llegan al mínimo necesario.

Durante el mandato de Cristina Fernández de Kirchner, hubo un conflicto entre el gobierno y los gremios por el SANO. La Confederación General de Trabajadores (CGT) acusaba al gobierno de retener los recursos del fondo.

El monto para determinar el aporte mínimo del SANO se mantuvo fijo durante años, (a pesar de la inflación) por lo cual ningún trabajador quedaba por debajo del mínimo y en la práctica no se repartían fondos a través del sistema. A causa de esto, se generó un remanente no ejecutado (recursos no utilizados que no se reintegraban a las obras sociales). Mauricio Macri pagó la deuda, que ascendía los 27 mil millones de pesos, pero solo 2700 millones fueron girados directamente a la Superintendencia para reintegrar los tratamientos complejos.

Nuevamente, y ante la presión de los gremios de llamar a paro nacional, el gobierno anunció en abril de 2019 la implementación del decreto 251/19, mediante el cual se autorizaba un aumento de los fondos destinados hacia las obras sociales sindicales.


El caso de las obras sociales pequeñas

La relación entre las obras sociales pequeñas y el servicio precario que ofrecen es directa. Una obra social con una población chica no cuenta con recursos, provenientes de los aportes de los trabajadores, para brindar una prestación satisfactoria. En estos casos, y para que puedan cumplir con lo mínimo impuesto por la ley (el Plan Médico Obligatorio), las obras sociales son subsidiadas.

A la hora de afrontar casos más extremos o de mayor complejidad, el destino de estas obras sociales es la quiebra. Para evitar este final, en la práctica, lo que suele suceder es la tercerización el servicio, o la derivación a otras prepagas. En este trámite, la obra social se queda con una comisión por el traspaso poblacional.

Expertos coinciden en que, cuando una obra social es muy pequeña o cuenta con contribuciones eventuales (como la Obra Social Modelos Argentinos), no debería existir.

La precariedad del servicio trasciende la cantidad (baja) de consultorios, clínicas y farmacias que ofrecen. Tiene que ver con que un trabajador pida un turno y tenga que esperar meses a que lo atiendan. En los casos como la OSMA, hasta que consigan un turno quizás sus contratos de trabajo ya han finalizado. Puede suceder que ni siquiera los trabajadores estén al tanto de que están afiliados a una obra social, porque la misma tampoco se preocupa en brindar la información a sus beneficiarios (quizás, conscientes del servicio pobre que ofrecen).

Es cierto que por ley, la libre circulación de una obra social a otra es posible. Pero el trámite para que un trabajador pueda cambiarse no es instantáneo: se deben esperar tres meses y en el mientras tanto, la primer obra social sigue recibiendo el 3% del sueldo del trabajador.

Actualmente, hay 214 obras sociales sindicales registradas en la Superintendencia de Servicios de Salud. El problema de su funcionamiento no es ajeno al Estado. Todas las personas que cuentan con una obra social precaria y no pueden acceder a una empresa prepaga, deben utilizar los hospitales públicos.

Entonces, ¿cuál podría ser el rol del gobierno en estos casos? ¿Regular la cantidad, para que haya menos pero más eficientes?

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